Marco normativo
Este proyecto se rige por la Convención de los Derechos del niño y de la niña, un tratado internacional firmado el 20 de noviembre de 1989, y que recoge 54 artículos fundamentales para la infancia. Los artículos más significativos, para este proyecto, hacen referencia a la no discriminación, al interés superior del niño/a e integración de la persona, a la libertad de expresión y de información, a la libertad de pensamiento, conciencia y libertad y al plan de educación, siendo el artículo 28 el derecho que mejor define la intencionalidad de este proyecto. Este artículo habla de la igualdad de oportunidades y derechos. Esta idea propugna que un sistema es socialmente justo cuando todas las personas tienen las mismas posibilidades de acceder al bienestar social y poseer los mismos derechos. Sin embargo, con este proyecto se pretende ir más allá, sustituyendo la igualdad por la equidad, no se trata únicamente de ofrecer a todos las mismas posibilidades, sino de dar respuesta a lo que cada uno necesita, teniendo en cuenta aspectos morales y las circunstancias personales de cada infante, atendiendo así las verdaderas necesidades de una manera realmente individualizada y coherente.